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Demanda por muerte contra fabricante de cascos y de dispositivos Bluetooth
Noticias
Martes, 10 de Marzo de 2009 01:00

La viuda de un esquiador de Rhode Island, E.E.U.U. que falleció el año pasado en la estación de Killington (Vermont) ha demandado a un establecimiento de la estación y al fabricante de cascos Giro y al de dispositivos Bluetooth Motorola.

De acuerdo con la demanda presentada ante la Corte Federal de Burlington, el fallecido llevaba un casco Giro Omen Modelo S216 equipado con un dispositivo de audio Bluetooth Motorola S805 diseñado específicamente para el casco. El esquiador chocó contra un árbol en Killington Mountain Ski Resort el 18 de febrero de 2008, sufriendo una fractura de cráneo que le provocó la muerte.

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¿Para cuando una normativa que garantice el uso racional de las estaciones de esquí y los derechos y deberes de todos los agentes implicados?
Opinión
Jueves, 05 de Marzo de 2009 00:00

El importante auge que han adquirido los deportes de invierno en nuestro país, han venido acompañados por una utilización masiva de las estaciones de esquí, así como de una ampliación y modernización de muchas de ellas, implicándose en el desarrollo de este sector tanto las administraciones publicas como el sector privado.

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La Jurisprudencia sobre responsabilidad civil deportiva
Bibliografí­a
BIB 2001/4 Aranzadi

En este trabajo del Prof. Orti Vallejo encontramos una muestra de los muchos y frecuentes problemas jurídicos que, en numerosas ocasiones, acompañan a la práctica de la actividad deportiva. En los últimos años hemos asistido a un incremento en la práctica del deporte y de los hábitos saludables. Este dato de hecho contrasta firmemente con una cierta dejadez del legislador en este campo, lo que ha propiciado una abundante jurisprudencia que no siempre ha seguido una línea coherente.  El criterio jurisprudencial de la asunción del riesgo es el que se aplica de manera casi constante a los daños sufridos por los deportistas, la cual, como se sabe, se sentó por la STS 22 octubre 1992 para resolver los daños causados por un jugador a otro en un partido de pelota a pala. La demanda se rechazó pues el deportista asumió el riesgo de un accidente de estas características.

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